Democracia intercultural

Es el horizonte normativo de organización, relacionamiento, articulación y complementación entre las tres formas democráticas que constituyen el sistema de gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia: la democracia directa y participativa, la democracia representativa y la democracia comunitaria..

Los pilares jurídicos de la democracia intercultural son la Constitución Política del Estado, la Ley N°018 del Órgano Electoral Plurinacional, la Ley N°026 del Régimen Electoral y, más recientemente, la Ley N°1096 de Organizaciones Políticas.

En un sentido histórico, el ejercicio de la democracia intercultural está ligado a la puesta en marcha del Estado Plurinacional y al reconocimiento constitucional de una pluralidad de prácticas, valores, normas, procedimientos y mecanismos de toma de decisión y participación política, afincados en distintos sujetos, temporalidades y escalas.

En un sentido sustantivo, el ejercicio de la democracia intercultural posibilita organizar las tres formas democráticas: directa y participativa, representativa y comunitaria, en espacios de convivencia, articulación, encuentro y complementariedad de diferentes mecanismos democráticos, como el sufragio universal para la elección de autoridades y representantes; el referendo, revocatoria de mandato, iniciativa legislativa ciudadana, asamblea, cabildo y consulta previa para la deliberación y participación ciudadana; así como las normas y procedimientos propios de las naciones y pueblos indígena originario campesinos para la conformación de sus autogobiernos y auto representación.

En un sentido procesual, el ejercicio de la democracia intercultural es gradual o incremental de ajuste e innovación institucional que tenderá a ampliarse con el transcurso del tiempo, en distintos ámbitos, a medida que se vayan creando y consolidando nuevas entidades estatales, entre éstas y con mayor vigor las autonomías indígena originario campesinas (AIOC). En ese andar, la democracia intercultural expresa actualmente un conjunto variable de relaciones aun imperfectas (asimétricas, incompletas, heterogéneas) entre las tres formas de democracia, y en este sentido, no es solamente una relación armónica, complementaria, articuladora y transformadora sino que es también un campo de disputa, de tensiones y de conflictos.

Por todo lo mencionado, la democracia intercultural como horizonte normativo apunta a la edificación de un renovado régimen político institucional estatal y al desarrollo de nuevas formas de relacionamiento entre el Estado y la sociedad boliviana, basados en la diversidad política, cultural, social, étnica y territorial del país, y el pluralismo de saberes, prácticas y fuentes democráticas.

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